Tras homicidio y fuegos artificiales: alcalde Tomás Gárate constituye Comité Operativo de Seguridad en Puerto Varas antes de su entrada en vigencia

El alcalde de Puerto Varas, Tomás Gárate, anunció la constitución del Comité de Coordinación Operativa en Seguridad Pública, instancia creada por la nueva Ley de Seguridad Municipal, recientemente despachada y que entrará en vigencia recién el 12 de agosto. Es decir, formalmente todavía no se puede convocar el comité. La norma redefine el rol de los municipios en prevención del delito y coordinación con policías y Fiscalía.

Por Cristóbal Arriagada Ahumada

Tras el reciente homicidio ocurrido en la comuna y la utilización de fuegos artificiales en el sector de Puerto Chico, el alcalde de Puerto Varas, Tomás Gárate, anunció la constitución del Comité de Coordinación Operativa en Seguridad Pública, instancia contemplada en la nueva Ley 21.802 de Seguridad Municipal.

En un video difundido en sus redes sociales, el jefe comunal aseguró que es necesario fortalecer la coordinación institucional frente a hechos que alteran la seguridad pública. En la publicación, el alcalde afirma: “En el marco de las atribuciones de la nueva Ley de Seguridad Municipal, he convocado y activado, por primera vez en nuestra comuna el Comité Operativo, para así trabajar y enfrentar de manera conjunta con el Ministerio Público, con Carabineros, con PDI y Seguridad Pública Municipal la situación de fuegos artificiales que sufrimos en Puerto Chico en el contexto del homicidio reciente”.

Sin embargo, la nueva Ley de Seguridad Municipal, que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley 18.695), aún no está vigente. Fue despachada a ley a comienzos de este mes y entrará en vigencia el próximo 12 de agosto. Según el primer artículo transitorio de la misma norma establece que “la ley entrará en vigencia transcurridos seis meses desde su publicación en el Diario Oficial”. Se publicó el 12 de febrero pasado (ver artículo). 

A partir de esa fecha, los municipios contarán formalmente con nuevas herramientas de coordinación y prevención en materia de seguridad pública, como el Comité de Coordinación Operativa. Es decir, formalmente todavía no se puede convocar.

¿Qué es el Comité de Coordinación Operativa de Seguridad?

La nueva normativa establece que en cada Consejo Comunal de Seguridad Pública existirá un Comité de Coordinación Operativa, presidido por el alcalde e integrado por:

  • El director o directora de Seguridad Municipal (o el secretario ejecutivo del consejo, si no existe ese cargo).
  • Representantes de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
  • Representantes del Ministerio Público.

Este comité deberá funcionar al menos una vez al mes de forma ordinaria y podrá ser convocado extraordinariamente cuando la situación lo requiera.

¿Qué funciones tendrá?

La ley asigna cuatro funciones principales al comité:

  1. a) Establecer directrices para ejecutar las acciones acordadas por el Consejo Comunal de Seguridad Pública y monitorear la implementación del Plan Comunal de Seguridad Pública.
  2. b) Coordinar operativamente a la municipalidad con Carabineros, la PDI y el Ministerio Público.
  3. c) Diseñar estrategias comunales en coherencia con el Plan Comunal de Seguridad Pública.
  4. d) Acordar medidas frente a contingencias, siempre respetando la autonomía del Ministerio Público y la dependencia de las policías respecto del Ministerio de Seguridad Pública.

Además, el alcalde deberá informar trimestralmente al concejo municipal y al Consejo Comunal de Seguridad Pública sobre la ejecución de las acciones acordadas.

Nuevas atribuciones para inspectores municipales

Además, la Ley 21.802 también incorpora cambios relevantes en materia de control del comercio ambulante. El nuevo artículo 34 permite a inspectores municipales:

  • Controlar comercio ambulante o estacionado en la vía pública.
  • Incautar mercancías comercializadas sin cumplir la normativa.
  • Retirar especies abandonadas en la vía pública.

El ejercicio de esta facultad deberá ser planificado estratégicamente por el Comité de Coordinación Operativa.